La campaña de la renta 2025-26 ha comenzado oficialmente. Desde el miércoles 8 de abril y hasta el 30 de junio, más de 20 millones de contribuyentes en España podrán presentar su declaración del IRPF, correspondiente a los ingresos generados en el año anterior. Durante la primera fase de la campaña, los contribuyentes solo podrán llevar a cabo el trámite de forma online. La asistencia telefónica de la Agencia Tributaria iniciará a finales de abril, mientras que la atención presencial en las oficinas se habilitará en junio.
Fechas clave de la campaña del IRPF
- 8 de abril: Inicio de la campaña de la renta 2025-26, con la posibilidad de presentar declaraciones por internet.
- 29 de abril: Apertura del plazo para solicitar cita previa en el servicio Le Llamamos.
- 6 de mayo: Comienza la atención telefónica de la Agencia Tributaria.
- 29 de mayo: Inicio de la solicitud de citas presenciales.
- 1 de junio: Inicio de la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- 25 de junio: Último día para domiciliar el pago de declaraciones que resulten a ingresar.
- 29 de junio: Último día para solicitar cita previas.
- 30 de junio: Cierre de la campaña y último día para presentar la declaración del IRPF.
Los contribuyentes interesados en presentar su declaración pueden hacerlo a través de la aplicación o del sitio web de la Agencia Tributaria (Renta WEB). Este proceso puede realizarse utilizando el DNI, certificado electrónico, la aplicación Cl@ve móvil o un número de referencia personal. Al iniciar el trámite, se generará automáticamente un borrador preliminar con los datos proporcionados por la Agencia, como el domicilio fiscal y los ingresos percibidos. Es crucial verificar esta información antes de validarla, ya que cualquier error o falta de datos podría acarrear sanciones o resultar en pérdidas económicas.
Los ingresos que los contribuyentes deben declarar se refieren a lo percibido a lo largo de 2025. Esta diferencia de tiempo se debe a que el IRPF se abona de manera escalonada a través de retenciones practicadas durante el año, y luego se ajustan cuentas al cierre del ejercicio. Si el contribuyente ha pagado en exceso, por ejemplo, debido a deducciones o retenciones superiores a las que le corresponden, podrá recibir una devolución. En cambio, si la situación es la contraria, la declaración resultará en un pago a favor de la Agencia Tributaria.
Atención telefónica y presencial
A partir del 29 de abril, se podrá solicitar cita previa por internet o teléfono para el servicio Le Llamamos, que ofrece asistencia telefónica personalizada para la confección y presentación de la declaración. Después de solicitar la cita, un operador se comunicará con el contribuyente en la fecha y hora programadas, comenzando las llamadas el 6 de mayo. Se aconseja a los contribuyentes tener lista toda la documentación necesaria para facilitar este proceso.
Aquellos que prefieran realizar la declaración de forma presencial deberán esperar hasta el 29 de mayo para solicitar su cita. La atención en oficinas comenzará el 1 de junio. La campaña culminará el 30 de junio, siendo el 29 de junio el último día hábil para solicitar citas y el 25 de junio la fecha límite para domiciliar el pago de declaraciones que resulten a ingresar.