Fusión de partidos: Claves y ejemplos en la política actual

EL PAÍS

Fusión de Partidos Políticos en Colombia: Nacimiento del Pacto Histórico

El 17 de septiembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia aprobó, mediante la resolución 9673, la fusión condicionada de los partidos Unión Patriótica, Polo Democrático Alternativo y el Partido Comunista Colombiano. Esta fusión busca conformar el nuevo Movimiento Político Pacto Histórico. A pesar de las solicitudes de otros grupos como el Movimiento Político Colombia Humana, el Partido Progresistas y la Minga Indígena Social y Popular, estas no fueron aprobadas debido al incumplimiento de requisitos establecidos.

Proceso de Aprobación y Reacciones

Un mes después, el 17 de octubre de 2025, la fusión adquirió firmeza tras resolver los doce recursos interpuestos contra la resolución. Esta decisión marca un importante precedente en la reorganización y convergencia de fuerzas políticas en el país, aunque ha generado muchas preguntas en la opinión pública sobre qué implica exactamente esta fusión y sus normativas.

Marco Legal de la Fusión de Partidos

La Ley 1475 de 2011 regula los partidos políticos y los procesos electorales en Colombia, permitiendo la disolución, liquidación, fusión y escisión de dichos grupos bajo ciertos procedimientos internos. No obstante, el CNE fue el encargado de definir qué constituye una fusión, describiéndola como un acuerdo en el que dos o más partidos se disuelven para ser absorbidos por otro o crear uno nuevo, traspasando así todos sus derechos y obligaciones a la nueva entidad.

Características de la Fusión

Se destacan las siguientes características de la fusión:

  • Personería jurídica: Solo pueden solicitarla agrupaciones con personería jurídica vigente, razón por la cual el Partido Progresistas y la Minga Indígena no fueron incluidos.
  • Procedimiento interno: Debe seguir lo estipulado en los estatutos de cada partido, lo que provocó la exclusión de Colombia Humana por no acreditar el quórum deliberatorio necesario.
  • Sin procesos sancionatorios: Ninguna de las agrupaciones puede tener procedimientos disciplinarios pendientes ante el CNE.
  • Documentación requerida: Se deben presentar actos fundacionales, estatutos, plataforma política, y los datos de directivos y afiliados de la nueva colectividad.

Reconocimiento y Condiciones Pendientes

A pesar de que la fusión ha sido aprobada, el Movimiento Político Pacto Histórico aún no cuenta con el reconocimiento de personería jurídica. Esto se debe a que los procedimientos administrativos sancionatorios contra las organizaciones solicitantes deben concluir para que se reconozcan efectivamente. El Tribunal Superior de Bogotá respaldó esta interpretación, indicando que el condicionamiento de la fusión no vulnera derechos y busca asegurar transparencia.

Diferencias entre Fusión y Escisión

Es importante destacar que no se debe confundir esta fusión con casos de escisión. En la escisión, un partido se divide y el original continúa existiendo, mientras que en la fusión, todas las organizaciones se disuelven para dar paso a una nueva entidad. Esta diferencia es crucial, especialmente en el contexto de los procedimientos sancionatorios.

Aprobación Unánime y Contexto Político

Las decisiones relativas a la fusión del Pacto Histórico fueron aprobadas por unanimidad por el CNE, que incluye representación de las principales fuerzas políticas del país. Esto resalta la solidez jurídica y el consenso institucional que respaldan esta importante decisión en el panorama político colombiano.

Puede que te interese